1. ¿Qué es Compliance?
Para el Grupo Aguas, Compliance es mucho más que el cumplimiento de normas y estándares. Compliance implica la creación de una cultura de integridad y ética corporativa que guía el comportamiento y la toma de decisiones de todos los trabajadores y trabajadoras dentro de nuestra organización, dándole un sello a la compañía en la manera de enfrentar sus lineamientos y objetivos estratégicos de cara a todos nuestros stakeholders, y dentro de ellos por supuesto, a nuestros proveedores.
2. ¿Cuál es la importancia del Código Ético?
El Código Ético debe servir de guía para el actuar de todos los trabajadores y trabajadoras, ya que los valores corporativos del Grupo Aguas se expresan a través de la manera de actuar de cada uno de ellos.
Además, establece los lineamientos fundantes de las relaciones que establecemos con nuestros clientes, filiales, empresas relacionadas y proveedores. Es por ello que el Código Ético forma parte integrante de las bases de licitación, y se encuentra disponible para todos los interesados en la página web corporativa de Aguas Andinas
3. ¿En qué consiste el Modelo de Prevención de Delitos (Ley N°20.393)?
El Grupo Aguas cuenta con un Modelo de Prevención de Delitos con arreglo a la Ley N° 20.393 el que diseña una forma de organización corporativa que intenta evitar la comisión de los delitos indicados en la Ley N° 20.393 que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
En el caso del Grupo Aguas, la adopción de un Modelo de Prevención de Delitos da cuenta de nuestro compromiso organizacional por evitar la comisión de delitos, beneficien o no estos a la compañía. Por la misma razón, tiene por objeto prevenir la comisión de estos hechos y garantizar que en caso de que alguno de nuestros trabajadores o trabajadoras cometa alguno de estos delitos, lo hará no solo en contradicción con nuestra cultura ética corporativa, sino que además ello ocurrirá pese a los esfuerzos desplegados por la empresa para impedirlo.
En este sentido, esperamos que nuestros proveedores cumplan con esta ley y establezcan controles internos suficientes para prevenir la comisión de los delitos contemplados en la Ley N°20.393. Ante la noticia de cualquier acto que pudiese configurar alguno de esos delitos, el proveedor debe informar de inmediato a Grupo Aguas.
4. ¿Qué establece la Política Anticorrupción?
En el Grupo Aguas compartimos la idea extendida de que la corrupción constituye un grave freno al desarrollo de las sociedades contemporáneas, socava el Estado de Derecho y constituye una amenaza para la correcta operación de los mercados libres. La corrupción provoca un aumento de los costos debido a los pagos corruptos, distorsiona los mercados y genera pérdidas de oportunidades. Adicionalmente, la corrupción es ilegal, exponiendo a las empresas a graves consecuencias legales y comprometiendo su reputación frente a la sociedad en caso de incumplimientos.
Las empresas del Grupo Aguas cuentan con una Política Anticorrupción que tiene por objeto concretar estos principios y servir de guía para la actuación de los trabajadores y trabajadoras del Grupo Aguas a todo nivel, orientándoles respecto de aquello que la empresa espera y exige de su comportamiento al momento de relacionarse con terceros, incluidos socios comerciales, proveedores, los propios trabajadores y trabajadoras de la empresa y, en especial, funcionarios públicos.
5. ¿Cómo puedo hacer consultas o denuncias irregularidades?
En caso de tener dudas u observaciones, los trabajadores, colaboradores y proveedores de Grupo Aguas pueden contactarse con el Área de Compliance a través del correo electrónico compliance@aguasandinas.cl
Además, el Grupo Aguas cuenta con una Línea de Denuncias confidencial a la cual pueden acceder trabajadores, trabajadoras, proveedores y terceros externos del Grupo Aguas tanto a través de Aquanet (intranet) como a través de la página web corporativa. Las denuncias recibidas por dicho canal (o por otros medios idóneos, tales como personalmente ante el Compliance Officer o a través del teléfono, correo electrónico o carta de denuncia) serán investigadas de acuerdo a lo dispuesto en el Procedimiento de Denuncias, Investigación y Sanciones.
En el caso de proveedores y terceros se aplicarán las sanciones que corresponda en cada caso, pudiendo incluso llegar a la terminación inmediata del contrato. Cuando así lo determinen los antecedentes, se hará la denuncia respectiva ante las autoridades.